i. Transferencia Interna..
22.09.2014 19:34
Transferencias nacionales (o domésticas)
Tanto el envío del ordenante como la recepción de fondos por parte del beneficiario tienen lugar en España. Para realizar una transferencia doméstica, hay que facilitar los 20 dígitos del Código Cuenta Cliente (CCC) del beneficiario. A partir de 2014, el CCC será sustituido por el IBAN, aunque durante un período de transición las entidades podrán facilitar gratuitamente servicios de conversión de CCC para pagos nacionales.