La liquidación mensual o trimestral del IVA...
31.08.2014 21:03
Consignar en la liquidación mensual o trimestral del IVA la reducción de la base imponible correspondiente al IVA incobrado y reclamado en todo el proceso anterior.
Recuerda que deberás reflejarlo en la liquidación correspondiente al mes o trimestre en que se emite la factura rectificativa. Será en ese momento donde se materializa la recuperación del IVA a través de la minoración del IVA a pagar o del incremento del IVA a compensar y/o devolver.