Emitir factura rectificativa de la factura impagada...
31.08.2014 21:09
La emisión de la factura rectificativa ha de hacerse en el plazo de 3 meses contados desde la fecha en que se cumplen los 6 meses o 1 año del impago.
Pongamos un ejemplo: si su empresa tuvo en el 2010 una facturación de 500.000 euros y el 02/02/2011 emitió una factura de 10.000 euros más IVA al 18% (1800,00 euros) que no ha sido pagada, se considera incobrable a efectos IVA el 02/08/2011 por lo que tendrá hasta el 02/11/2011 para emitir la factura rectificativa.